Términos de Servicio

Términos de Servicio

1. Introducción

Estos Términos de Servicio ("Términos") rigen su acceso y uso del sitio web ubicado en https://dasbanq.com (el "Sitio Web") y los servicios financieros disponibles a través de él. Al acceder al Sitio Web o utilizar cualquier servicio, usted acepta quedar sujeto a estos Términos en su totalidad. Si no está de acuerdo, no podrá utilizar el Sitio Web ni los servicios.

Estos Términos constituyen un acuerdo legal vinculante entre usted (el "Cliente" o "usted") y:

  • Dasbanq Inc., una corporación constituida bajo las leyes del Estado de Wyoming, Estados Unidos ("Dasbanq"), que es propietaria y opera el Sitio Web y la plataforma; y
  • GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L., una sociedad de responsabilidad limitada registrada y operando en Bolivia ("GAMOLITE"), que es la entidad con licencia que proporciona servicios financieros y de activos virtuales a los clientes. GAMOLITE está registrada ante la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) de Bolivia como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) bajo las regulaciones bolivianas aplicables.

Las referencias a "la Compañía", "nosotros", "nuestro" o "nos" se refieren conjuntamente a Dasbanq Inc. y GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L. según corresponda al contexto. Cuando una disposición se relacione específicamente con servicios financieros regulados, transacciones de activos virtuales u obligaciones de cumplimiento AML/CFT, la referencia es a GAMOLITE como entidad operadora regulada.

2. Definiciones

En estos Términos, los siguientes términos tendrán el significado indicado:

  • "AML/CFT" significa antilavado de dinero y combate al financiamiento del terrorismo.
  • "Beneficiario Final" o "UBO" significa toda persona física que en última instancia sea propietaria o controle el 10% o más (para clientes de alto riesgo) o el 25% o más (para clientes estándar) de la entidad Cliente, o que de otro modo ejerza control efectivo.
  • "Análisis de Blockchain" significa el análisis automatizado de direcciones de carteras de activos virtuales e historiales de transacciones mediante herramientas como Chainalysis o Elliptic para identificar la exposición al riesgo.
  • "Cliente" significa una entidad empresarial que ha completado el proceso de incorporación KYB y está aprobada para utilizar los servicios de GAMOLITE.
  • "Registro Digital de Incorporación" significa el expediente electrónico completo mantenido por GAMOLITE que documenta todos los datos KYB, documentos de identidad, verificación de propiedad efectiva, resultados de verificación de sanciones y aprobaciones de cumplimiento para un Cliente.
  • "FATF" significa el Grupo de Acción Financiera Internacional, el organismo internacional de fijación de estándares para AML/CFT.
  • "KYB" significa Conozca su Negocio (Know Your Business) — el proceso de verificación de la identidad, estructura, propiedad efectiva y legitimidad empresarial de una entidad Cliente.
  • "Estado Provisional" significa un estado de incorporación limitado otorgado con carácter previo a la realización de una Visita de Inspección física, sujeto a límites de transacciones y plazos.
  • "ROS" significa Reporte de Operación Sospechosa — un reporte de actividad sospechosa presentado ante la UIF Bolivia dentro de las 48 horas siguientes a la detección de la sospecha.
  • "SAR" significa Suspicious Activity Report (Reporte de Actividad Sospechosa) presentado ante FinCEN (U.S. Financial Crimes Enforcement Network) dentro de los 30 días siguientes a la detección de la sospecha.
  • "Servicios" significa los servicios de interconexión de activos virtuales, conversión de stablecoins y corredores de pago proporcionados por GAMOLITE, facilitando transacciones USD ↔ USDC/USDT ↔ BOB para empresas de importación/exportación.
  • "Informe de Visita al Sitio" o "SVR" significa una visita de cumplimiento presencial, en persona, realizada en el domicilio social principal declarado del Cliente.
  • "Stablecoins" significa los activos virtuales USD Coin (USDC) y Tether (USDT) soportados por la plataforma.
  • "Travel Rule" significa el requisito regulatorio bajo la Recomendación 16 del FATF (revisada en junio de 2025) de recopilar y transmitir información del originador y del beneficiario para transferencias de activos virtuales iguales o superiores a USD 1.000.
  • "UIF" significa la Unidad de Investigaciones Financieras, la unidad de inteligencia financiera de Bolivia.

3. Quiénes Somos: Estado Regulatorio y Divulgación de Entidades

3.1 Dasbanq Inc.

Dasbanq Inc. es una C-corporation de Wyoming y la sociedad holding no regulada propietaria de la plataforma, marca, propiedad intelectual y sitio web de Dasbanq. Dasbanq Inc. no presta directamente servicios financieros regulados, servicios de activos virtuales ni servicios de transmisión de dinero. Dasbanq Inc. no cuenta con registro de Money Services Business (MSB) ante FinCEN en Estados Unidos.

3.2 GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L.

GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L. es la entidad operadora regulada que presta todos los servicios financieros y de activos virtuales orientados al cliente. GAMOLITE está:

  • Registrada ante la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) de Bolivia como Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) bajo el marco regulatorio AML/CFT de Bolivia.
  • Sujeta a la Ley N.° 170 de Bolivia (Ley contra el Lavado de Dinero, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva).
  • Sujeta al Decreto Supremo N.° 1969 sobre propiedad efectiva y estándares de Conozca a su Cliente.
  • Sujeta al Decreto Supremo N.° 5384 (mayo de 2025) que establece el marco regulatorio de activos virtuales en Bolivia.
  • Sujeta a la Resolución Administrativa UIF N.° 019/2025 que regula la incorporación, el reporte y las obligaciones de mantenimiento de registros de los PSAV.
  • Obligada a presentar reportes de actividad sospechosa (ROS) ante la UIF Bolivia y Suspicious Activity Reports (SAR) ante FinCEN según corresponda.
  • Domicilio principal: Manzana 40, Oficina 1405, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia.

3.3 Lista Gris del FATF

Bolivia fue incluida en la Lista de Monitoreo Intensificado del FATF (comúnmente denominada "lista gris") en junio de 2025, estado reconfirmado el 13 de febrero de 2026. Como resultado, GAMOLITE aplica estándares de debida diligencia reforzada a todos los clientes y transacciones que involucren entidades o contrapartes con sede en Bolivia, de conformidad con las directrices del FATF para jurisdicciones bajo monitoreo intensificado.

4. Elegibilidad — Solo Clientes Empresariales

Los servicios de GAMOLITE están disponibles exclusivamente para entidades empresariales legales. Los consumidores individuales, las personas físicas que actúen en calidad personal y los clientes minoristas no son elegibles para utilizar los Servicios bajo ninguna circunstancia.

Para ser elegible, un Cliente debe:

  • Ser una entidad empresarial válidamente constituida o registrada en su jurisdicción de organización.
  • Procesar o tener la intención de procesar un volumen promedio mínimo de USD 100.000 por mes a través de los Servicios.
  • Operar en un sector y jurisdicción elegibles (ver Sección 8 para jurisdicciones prohibidas y actividades restringidas).
  • Completar satisfactoriamente el proceso de incorporación KYB, incluyendo la verificación de propiedad efectiva, la recopilación de documentos, la verificación de sanciones y el Informe de Visita al Sitio (o aprobación de Estado Provisional con compromiso de SVR).
  • No estar directa ni indirectamente en propiedad o control de una persona, entidad o jurisdicción sancionada bajo los programas de sanciones de OFAC, ONU, UE o Bolivia.

Al aceptar estos Términos y utilizar los Servicios, usted declara y garantiza que la entidad que representa cumple con todos los requisitos de elegibilidad y que toda la información proporcionada durante la incorporación es exacta, completa y actualizada.

5. Servicios

5.1 Alcance de los Servicios

A través de GAMOLITE, la plataforma ofrece los siguientes servicios de interconexión de activos virtuales a clientes B2B elegibles:

  • Conversión USD a Stablecoin: recepción de transferencias bancarias en USD, conversión a USDC o USDT en la blockchain de Ethereum o TRON, y entrega a las direcciones de cartera designadas por el cliente.
  • Conversión Stablecoin a BOB: recepción de USDC o USDT, conversión a Bolivianos bolivianos (BOB), y entrega mediante transferencia bancaria local o red de pago.
  • Conversión BOB a Stablecoin: recepción de BOB mediante transferencia bancaria local, conversión a USDC o USDT, y entrega a la cartera designada por el cliente.
  • Conversión Stablecoin a USD: recepción de USDC o USDT, conversión a USD, y entrega mediante transferencia bancaria internacional.

5.2 Activos Soportados

La plataforma actualmente soporta USD Coin (USDC) en la red Ethereum y Tether (USDT) en las redes Ethereum y TRON. La incorporación de activos adicionales podrá realizarse a discreción de GAMOLITE con previo aviso razonable.

5.3 Comisiones

Las comisiones aplicables se divulgan en la plataforma y se acuerdan en el momento de cada transacción o según lo estipulado en su contrato de cliente. GAMOLITE se reserva el derecho de modificar las comisiones con previo aviso razonable. Las comisiones de terceros cobradas por socios bancarios, rieles VASP o redes de pago son independientes y están sujetas a los propios esquemas de tarifas de dichas partes.

5.4 Solo Transacciones de Primera Parte

GAMOLITE procesa transacciones exclusivamente en calidad de primera parte. Los Clientes no podrán utilizar los Servicios como infraestructura de pago de paso para sus propios clientes, usuarios finales o terceros. Todo Cliente que sea un Proveedor de Servicios de Pago (PSP), Money Services Business (MSB) o Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (VASP) deberá incorporarse a GAMOLITE como cliente B2B directo y no podrá procesar transacciones en nombre de sus propios clientes a través de GAMOLITE.

5.5 Disponibilidad del Servicio

GAMOLITE no garantiza la disponibilidad ininterrumpida de los Servicios. El mantenimiento programado, las retenciones regulatorias, las interrupciones de socios bancarios, la congestión de la red blockchain o los eventos de fuerza mayor pueden afectar la disponibilidad del servicio. GAMOLITE procurará proporcionar un aviso previo razonable sobre el mantenimiento planificado.

6. Requisitos de Incorporación KYB y Cumplimiento

6.1 KYB Obligatorio

Todos los Clientes deben completar el proceso KYB (Conozca su Negocio) antes de que se activen los Servicios. El KYB no es opcional y no puede ser eximido. Los siguientes documentos son requeridos para todos los clientes B2B estándar:

  • Certificado de constitución o documento de formación equivalente (vigente, no mayor a 12 meses o con certificado de buena fe)
  • Número de identificación fiscal o registro tributario equivalente en la jurisdicción de constitución
  • Tres meses de extractos bancarios empresariales, estados financieros auditados o declaraciones de impuestos que demuestren actividad empresarial legítima
  • Declaración de propiedad efectiva que identifique a todas las personas con una participación del 25% o más (10% para clientes de alto riesgo o de la lista gris con estructuras complejas, PEPs o empresas de comercio de materias primas)
  • Documento de identidad oficial con fotografía de cada beneficiario final
  • Poder notarial de cada beneficiario final identificado
  • Identificación y verificación del representante autorizado de la cuenta
  • Documentación comercial (cualquiera de los siguientes: factura comercial, conocimiento de embarque, contrato con proveedor o comprobante de entrega) para empresas de importación/exportación

6.2 Debida Diligencia Reforzada

Los Clientes clasificados como de alto riesgo — incluyendo aquellos en jurisdicciones de la lista gris del FATF, aquellos con conexiones con personas políticamente expuestas (PEP), entidades con estructuras offshore complejas y comerciantes de materias primas — están sujetos a Debida Diligencia Reforzada (EDD) además del KYB estándar. La EDD incluye:

  • Mapeo de la propiedad efectiva hasta el nivel de personas físicas con un umbral de participación del 10%
  • Documentación sobre el origen de los fondos y el origen del patrimonio
  • Informe de Visita al Sitio física realizada en el domicilio social principal declarado del Cliente
  • Aprobación conjunta del CCO y del CEO/Gerente General
  • Monitoreo continuo y reforzado de transacciones

6.3 Informe de Visita al Sitio (SVR)

Se requiere un SVR físico para todos los clientes de alto riesgo. El SVR implica la asistencia presencial en el domicilio social principal declarado del Cliente por parte de un oficial de cumplimiento de GAMOLITE o un empleado designado y capacitado. Las videollamadas y las reuniones virtuales no constituyen un SVR físico y no satisfacen este requisito.

6.4 Estado Provisional de Incorporación

Los clientes elegibles que no sean de alto riesgo podrán ser activados provisionalmente dentro de las 72 horas siguientes a la presentación completa de documentos, tras una entrevista por videollamada en Zoom y una verificación biométrica de vida (véase la Sección 6.5), sujeto a un límite mensual de transacciones de USD 100.000 y un límite por transacción individual de USD 25.000. El estado provisional es válido por 30 días calendario, dentro de los cuales debe completarse el SVR físico para obtener la Aprobación Completa. El incumplimiento del SVR dentro de los 30 días conlleva la suspensión automática de la cuenta.

6.5 Activación Exprés en 72 Horas y Verificación de Vida

GAMOLITE ofrece una activación provisional exprés en 72 horas para clientes elegibles (no PEP, sin estructura offshore compleja, no comerciante de materias primas). La activación exprés requiere: (a) paquete completo de documentos KYB, (b) resultado de verificación de sanciones sin observaciones, (c) entrevista por videollamada en Zoom (mínimo 30 minutos) con al menos un UBO y el representante autorizado, y (d) verificación biométrica de vida realizada mediante Persona o herramienta equivalente que confirme la identidad en vivo contra el documento de identidad oficial presentado. Una verificación de vida fallida descalifica inmediatamente al cliente de la activación exprés, quedando pendiente la correspondiente investigación.

6.6 Monitoreo Continuo

Las cuentas de los Clientes están sujetas a monitoreo continuo que incluye: actualización anual del KYB, reverificación periódica de sanciones (trimestral para alto riesgo, semestral para riesgo medio, anual para bajo riesgo), monitoreo de transacciones de acuerdo con la política de umbrales internos de GAMOLITE, y revisitas periódicas del SVR. Los cambios significativos en la propiedad efectiva, la actividad empresarial o la jurisdicción activan un re-KYB inmediato.

6.7 Obligación de Cooperación del Cliente

Los Clientes deben cooperar plenamente con todas las solicitudes de KYB, EDD y monitoreo continuo. La falta de presentación de la documentación solicitada, de poner a disposición a los directivos para entrevistas, o de facilitar un SVR físico dentro de los plazos requeridos constituye motivo de suspensión o rescisión de la cuenta. GAMOLITE se reserva el derecho de suspender transacciones en espera de la recepción de la documentación pendiente.

7. Antilavado de Dinero, Combate al Financiamiento del Terrorismo y Cumplimiento de Sanciones

7.1 Obligaciones Legales

GAMOLITE está sujeta a las obligaciones AML/CFT establecidas en la Ley N.° 170 de Bolivia, la Resolución Administrativa UIF N.° 019/2025, la Ley de Secreto Bancario de EE. UU. (BSA), la guía FinCEN FIN-2019-G001 y las Recomendaciones del FATF. Estas obligaciones son no negociables y prevalecen sobre cualquier acuerdo comercial con los clientes.

7.2 Verificación de Sanciones

Cada cliente, beneficiario final, contraparte de transacción y cartera de activos virtuales involucrada en una transacción de GAMOLITE es verificada contra las listas de sanciones aplicables, incluyendo la lista SDN de OFAC, la Lista Consolidada de OFAC, las sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU y las bases de datos de PEP, antes de la liquidación de cada transacción. Una coincidencia confirmada con listas de sanciones da lugar a un bloqueo o congelamiento obligatorio e inmediato. GAMOLITE no tiene discreción para dispensar una coincidencia de sanciones confirmada.

7.3 Análisis de Blockchain

Todas las carteras de activos virtuales utilizadas en transacciones son analizadas mediante herramientas de análisis de blockchain (Chainalysis KYT o equivalente) antes de la ejecución de la transacción. Las carteras con una puntuación de riesgo de 7,0 sobre 10 o superior son bloqueadas automáticamente. Ningún cliente, empleado u oficial puede anular un bloqueo de análisis de blockchain sin la aprobación del CCO y la documentación en el Registro de Excepciones de Cumplimiento.

7.4 Cumplimiento de la Travel Rule

GAMOLITE aplica la Travel Rule a todas las transferencias de activos virtuales iguales o superiores a USD 1.000 (umbral interno de GAMOLITE, más conservador que los mínimos regulatorios aplicables). Para dichas transferencias, GAMOLITE recopila y transmite información del originador y del beneficiario de conformidad con la Recomendación 16 del FATF (revisada en junio de 2025). Los clientes deben proporcionar información exacta del beneficiario para todas las transferencias que califiquen. Ningún cliente puede eximir ni solicitar la omisión de los datos de la Travel Rule. Las transferencias en las que los datos de la Travel Rule no estén disponibles o no puedan verificarse serán suspendidas o rechazadas.

7.5 Reporte de Actividad Sospechosa

GAMOLITE está legalmente obligada a presentar ROS (Reporte de Operación Sospechosa) ante la UIF Bolivia dentro de las 48 horas siguientes a la identificación de actividad sospechosa, y SAR (Suspicious Activity Report) ante FinCEN dentro de los 30 días siguientes cuando corresponda. La presentación de dichos reportes es una obligación legal unilateral. GAMOLITE está prohibida por ley de informar a cualquier cliente, beneficiario final o tercero que se haya presentado o esté en consideración un ROS o SAR. Esta prohibición es absoluta y aplica independientemente del resultado de cualquier investigación.

7.6 Obligaciones del Cliente bajo la Ley AML/CFT

Los Clientes reconocen y aceptan que:

  • Proporcionar información KYB falsa, engañosa o incompleta constituye un delito penal bajo la Ley N.° 170 de Bolivia y la legislación estadounidense aplicable.
  • Utilizar los Servicios para el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo, la evasión de sanciones o cualquier delito financiero está prohibido y dará lugar a la rescisión inmediata, el reporte a las autoridades y el congelamiento de activos.
  • Estructurar transacciones para evadir umbrales de reporte está prohibido.
  • Los Clientes deben notificar inmediatamente a GAMOLITE cualquier cambio material en su propiedad efectiva, actividad empresarial o jurisdicción.

8. Usos Prohibidos y Jurisdicciones Restringidas

8.1 Actividades Prohibidas

Las siguientes actividades están estrictamente prohibidas en la plataforma:

  • Lavado de dinero, financiamiento del terrorismo o financiamiento de la proliferación de armas
  • Evasión de sanciones o elusión de los programas de sanciones de OFAC, ONU, UE o Bolivia
  • Estructuración de transacciones para evitar obligaciones de reporte
  • Uso de los Servicios para procesar pagos en nombre de terceros (sin paso a través)
  • Procesamiento de transacciones para consumidores individuales (solo B2B)
  • Uso de carteras autoalojadas sin la autorización verificada de análisis de blockchain de GAMOLITE
  • Cualquier actividad que constituya fraude, manipulación del mercado o delito financiero bajo la legislación aplicable

8.2 Jurisdicciones Prohibidas

GAMOLITE no procesa ninguna transacción que involucre lo siguiente:

  • Venezuela — prohibida a nivel país; sin transacciones, sin clientes, sin contrapartes de carteras, sin flujos de corresponsalía
  • Todas las jurisdicciones de la Lista Negra del FATF (actualmente: República Popular Democrática de Corea, Irán, Myanmar) — todas las transacciones bloqueadas automáticamente
  • Cualquier jurisdicción sujeta a sanciones integrales de EE. UU., UE u ONU

8.3 Clientes de Jurisdicciones de Alto Riesgo

Los Clientes domiciliados en jurisdicciones de la lista gris del FATF o que realicen transacciones con ellas (distintas de Bolivia, que se gestiona bajo el marco EDD estándar de GAMOLITE) son aceptados caso por caso con debida diligencia reforzada, aprobación expresa del socio bancario y autorización del CCO.

9. Divulgación de Riesgos de Activos Virtuales

Los activos virtuales, incluidos USDC y USDT, conllevan riesgos que difieren de los instrumentos financieros tradicionales. Al utilizar los Servicios, usted reconoce y acepta los siguientes riesgos:

  • Riesgo de precio y anclaje: Aunque USDC y USDT están diseñados para mantener un anclaje de 1:1 con el dólar estadounidense, no se puede garantizar dicho anclaje. Eventos de desanclaje, insolvencia de reservas o perturbaciones del mercado pueden afectar el valor de las stablecoins.
  • Riesgo de red blockchain: Las transacciones se ejecutan en blockchains públicas (Ethereum, TRON). La congestión de la red, las actualizaciones de protocolo, los hard forks o las fallas de infraestructura pueden retrasar o interrumpir las transacciones.
  • Riesgo de acceso a la cartera: La pérdida de claves privadas o credenciales de cartera resulta en la pérdida permanente e irreversible de activos. GAMOLITE no es responsable de fallas de seguridad en las carteras del lado del cliente.
  • Riesgo regulatorio: El tratamiento regulatorio de los activos virtuales está en evolución. Los cambios en la ley o la regulación pueden afectar la disponibilidad, usabilidad o valor de las stablecoins o los Servicios.
  • Irreversibilidad: Las transacciones en blockchain son irreversibles una vez confirmadas. GAMOLITE no puede revertir una transacción blockchain completada.
  • Riesgo de bloqueo por análisis de blockchain: Las transacciones pueden ser bloqueadas automáticamente en función de la puntuación de riesgo del análisis de blockchain. GAMOLITE no es responsable de las pérdidas empresariales derivadas de bloqueos de cumplimiento automatizados aplicados de buena fe.

10. Proveedores de Servicios de Terceros

10.1 Socios de Rieles VASP

GAMOLITE utiliza Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (VASP) de terceros, incluyendo Bridge, 1Money, Rail y Conduit, como rieles de transacción para el procesamiento en blockchain y la transmisión de la Travel Rule. Estos socios están sujetos a la debida diligencia de Conozca a su Socio (KYP) de GAMOLITE. Sus servicios están regidos por sus propios términos y condiciones. GAMOLITE no garantiza el desempeño, disponibilidad o postura de cumplimiento de estos socios más allá de sus obligaciones contractuales de debida diligencia.

10.2 Socios Bancarios

GAMOLITE trabaja con socios bancarios incluyendo Diameter Pay, SSB Bank, Portage Bank y Erebor Bank para el procesamiento de moneda fiat, cuentas FBO y corredores SWIFT. Los socios bancarios son entidades reguladas de forma independiente sujetas a sus propios marcos de cumplimiento.

10.3 Proveedores de Tecnología y Verificación

GAMOLITE utiliza proveedores de tecnología de terceros para la verificación de identidad (Persona), análisis de blockchain (Chainalysis), verificación de sanciones (ComplyAdvantage) e infraestructura de carteras (Privy). Estos proveedores procesan datos como encargados del tratamiento bajo las instrucciones de GAMOLITE.

10.4 Sin Garantía para Servicios de Terceros

GAMOLITE no garantiza la fiabilidad, exactitud ni el funcionamiento ininterrumpido de ningún servicio de terceros. GAMOLITE no es responsable de pérdidas, retrasos o errores causados por socios VASP de terceros, socios bancarios o proveedores de tecnología, salvo cuando se establezca la negligencia propia de GAMOLITE en la selección o supervisión de dichos socios.

11. Propiedad Intelectual

El Sitio Web y todo el Contenido — incluidos textos, gráficos, logotipos, software, código, diseño y compilaciones — son propiedad de Dasbanq Inc. o de sus licenciantes y están protegidos por las leyes de propiedad intelectual aplicables. Se le otorga una licencia limitada, intransferible, no exclusiva y revocable para acceder y utilizar el Sitio Web únicamente para sus fines empresariales en relación con los Servicios.

Usted no podrá copiar, reproducir, distribuir, modificar, crear trabajos derivados, realizar ingeniería inversa ni explotar comercialmente ningún Contenido sin el consentimiento previo por escrito de Dasbanq Inc. Usted no podrá alterar, eliminar u ocultar ningún aviso de propiedad, marcas de derechos de autor o marcas registradas del Sitio Web o de cualquier Contenido.

Cualquier comentario, sugerencia o idea que usted envíe con respecto al Sitio Web o a los Servicios podrá ser utilizado por Dasbanq o GAMOLITE sin compensación, restricción ni atribución hacia usted.

12. Seguridad de la Cuenta y Confidencialidad

Usted es el único responsable de mantener la confidencialidad de las credenciales de su cuenta, incluyendo nombres de usuario, contraseñas, claves API y códigos de autenticación de dos factores. No debe compartir credenciales con personas no autorizadas ni ceder su cuenta a otra parte.

GAMOLITE no es responsable del acceso no autorizado a su cuenta como resultado de su falta de protección de sus credenciales. Usted debe notificar a GAMOLITE de inmediato al descubrir o sospechar acceso no autorizado a su cuenta.

GAMOLITE se reserva el derecho de suspender o rescindir el acceso a la cuenta cuando se sospeche acceso no autorizado, cuando las obligaciones de cumplimiento requieran la revisión de la cuenta, o cuando se imponga una retención regulatoria sobre la cuenta.

13. Exenciones de Responsabilidad y Limitación de Responsabilidad

13.1 Sin Asesoramiento Financiero

Nada en el Sitio Web ni en los Servicios constituye asesoramiento financiero, de inversión, legal o fiscal. GAMOLITE proporciona infraestructura de pago e interconexión de activos virtuales, no servicios de asesoramiento. Usted debe buscar asesoramiento profesional independiente antes de tomar decisiones financieras.

13.2 Servicios "Tal Como Son"

En la máxima medida permitida por la ley aplicable, el Sitio Web y los Servicios se proporcionan "tal como son" y "según disponibilidad" sin garantía de ningún tipo, expresa o implícita, incluyendo garantías de comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular o no infracción.

13.3 Limitación de Responsabilidad

En la mayor medida permitida por la ley aplicable, GAMOLITE y Dasbanq Inc. no serán responsables de ningún daño indirecto, incidental, consecuente, especial o punitivo, incluyendo pérdida de beneficios, pérdida de datos o interrupción del negocio, que surja del uso o la imposibilidad de uso de los Servicios, independientemente de la base legal del reclamo. La responsabilidad agregada total de GAMOLITE por daños directos no excederá las comisiones pagadas por usted a GAMOLITE en los tres meses anteriores al evento que dio origen al reclamo.

13.4 Acciones de Cumplimiento

GAMOLITE no será responsable de pérdidas, retrasos o interrupciones del servicio derivados de acciones de cumplimiento legalmente exigidas, incluyendo congelamiento de cuentas por obligaciones de sanciones, bloqueos de transacciones por análisis de blockchain, suspensiones de cuentas pendientes de revisión KYB u obligaciones de reporte ROS/SAR. Estas acciones se realizan en cumplimiento de deberes regulatorios y no constituyen incumplimiento de contrato.

14. Indemnización

Usted acepta indemnizar, defender y mantener indemnes a Dasbanq Inc., GAMOLITE y a cada uno de sus respectivos funcionarios, directores, empleados, agentes y sucesores frente a cualquier reclamación, daño, pérdida, costo y gasto (incluidos los honorarios razonables de abogados) que surjan de o estén relacionados con:

  • Su uso de los Servicios o el Sitio Web
  • Su incumplimiento de estos Términos
  • Su incumplimiento de cualquier ley aplicable, incluidas las obligaciones AML/CFT
  • Cualquier información falsa, engañosa o materialmente incompleta proporcionada durante la incorporación o el monitoreo continuo
  • Su violación de los derechos de terceros
  • Cualquier investigación, multa o acción de cumplimiento por parte de un regulador (UIF, FinCEN, OFAC o equivalente) derivada de sus actividades

15. Rescisión y Restricción de Cuenta

GAMOLITE podrá suspender, restringir o rescindir su cuenta y el acceso a los Servicios en cualquier momento, sin previo aviso, en cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Incumplimiento de estos Términos
  • Falta de cumplimiento de los requisitos de KYB o de monitoreo continuo
  • Identificación de una coincidencia de sanciones o una preocupación material de AML/CFT
  • Bloqueo de análisis de blockchain que no puede resolverse
  • Falta de completar un SVR físico dentro de los plazos requeridos
  • Instrucción regulatoria de UIF, FinCEN, OFAC o cualquier autoridad competente
  • Cambio material en su negocio que aumente el riesgo más allá del apetito de riesgo de GAMOLITE

Tras la rescisión, todas las transacciones pendientes serán revisadas, y los fondos retenidos en suspensión relacionada con el cumplimiento serán gestionados de conformidad con las obligaciones legales aplicables, incluyendo el posible congelamiento de activos o reporte a las autoridades regulatorias.

16. Reembolsos y Cancelaciones

Las transacciones blockchain completadas son irreversibles y no pueden cancelarse ni reembolsarse una vez confirmadas en la cadena. Una vez que se ha iniciado una transferencia bancaria en moneda fiat y la transacción de stablecoin correspondiente se ha liquidado, la transacción es definitiva.

Si no desea continuar con una transacción, debe cancelarla antes de iniciar el pago. GAMOLITE no garantiza la cancelación una vez que se ha enviado una instrucción de pago.

Las comisiones cobradas por transacciones iniciadas no son reembolsables, incluso en los casos en que una transacción sea posteriormente bloqueada por la verificación de sanciones, el análisis de blockchain u otros controles de cumplimiento, ya que estos controles se aplican en cumplimiento de obligaciones legales.

17. Ley Aplicable y Resolución de Disputas

17.1 Ley Aplicable

Estos Términos se rigen por las leyes del Estado de Wyoming, Estados Unidos, con respecto a los asuntos relacionados con la estructura corporativa, la propiedad intelectual y las operaciones de la plataforma de Dasbanq Inc., sin tener en cuenta sus disposiciones sobre conflictos de leyes.

Con respecto a los servicios financieros regulados, las operaciones de activos virtuales, las obligaciones de cumplimiento AML/CFT y las relaciones con clientes gestionadas por GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L., la ley aplicable es la ley de Bolivia, incluyendo la Ley N.° 170 de Bolivia, el Decreto Supremo N.° 1969, el Decreto Supremo N.° 5384 y los instrumentos regulatorios de la UIF.

17.2 Resolución de Disputas

En caso de cualquier disputa que surja de o se relacione con estos Términos o los Servicios, las partes acuerdan intentar primero la resolución mediante negociación de buena fe dentro de los 30 días siguientes a la notificación escrita de la disputa. Si la negociación fracasa, las disputas relacionadas con los servicios regulados de GAMOLITE estarán sujetas a la jurisdicción exclusiva de los tribunales competentes de Bolivia. Las disputas relacionadas exclusivamente con el sitio web o la propiedad intelectual de Dasbanq Inc. estarán sujetas a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Wyoming, Estados Unidos.

17.3 Jurisdicción Regulatoria

Nada en estos Términos limita la obligación o el derecho de GAMOLITE de cumplir con las solicitudes de la UIF Bolivia, FinCEN, OFAC o cualquier otra autoridad regulatoria o de aplicación de la ley competente, independientemente de la jurisdicción del Cliente o de cualquier disputa entre las partes.

18. Disposiciones Generales

18.1 Acuerdo Completo

Estos Términos, junto con la Política de Privacidad de GAMOLITE y cualquier contrato de servicios al cliente ejecutado, constituyen el acuerdo completo entre usted y la Compañía con respecto al objeto del presente, y reemplazan todas las comunicaciones anteriores, ya sean orales, escritas o electrónicas.

18.2 Divisibilidad

Si un tribunal con jurisdicción competente determina que alguna disposición de estos Términos es inválida o inaplicable, dicha disposición será modificada en la medida mínima necesaria para hacerla aplicable, y las disposiciones restantes continuarán en plena vigencia.

18.3 No Renuncia

El incumplimiento de GAMOLITE en hacer valer cualquier disposición de estos Términos no constituirá una renuncia a su derecho de hacer valer dicha disposición en el futuro.

18.4 Fuerza Mayor

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento o retraso en el cumplimiento causado por circunstancias fuera de su control razonable, incluyendo actos de Dios, desastres naturales, órdenes gubernamentales, designaciones de sanciones, acciones regulatorias, fallas en la red blockchain o interrupciones del sistema bancario.

18.5 Cambios en los Términos

GAMOLITE se reserva el derecho de actualizar estos Términos en cualquier momento. Los cambios materiales serán comunicados por correo electrónico o aviso prominente en el Sitio Web al menos 14 días antes de su entrada en vigor. El uso continuado de los Servicios después de la fecha de vigencia de cualquier cambio constituye la aceptación de los Términos actualizados.

18.6 Cesión

Usted no podrá ceder ni transferir sus derechos u obligaciones bajo estos Términos sin el consentimiento previo por escrito de GAMOLITE. GAMOLITE podrá ceder sus derechos bajo estos Términos en el marco de una reestructuración corporativa, fusión o reorganización regulatoria.

19. Reclamaciones

Si tiene alguna reclamación con respecto a estos Términos o a los servicios de GAMOLITE, comuníquese con nosotros por escrito a legal@dasbanq.com. GAMOLITE acusará recibo de su reclamación dentro de los 5 días hábiles y procurará resolverla dentro de los 30 días calendario.

Si su reclamación se relaciona con el cumplimiento de GAMOLITE de la normativa AML/CFT o PSAV de Bolivia, también puede ponerse en contacto con la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) de Bolivia en su dirección de contacto publicada. GAMOLITE cooperará plenamente con cualquier investigación de la UIF.

Si su reclamación se relaciona con las prácticas de protección de datos, consulte la Política de Privacidad y comuníquese con nuestro Delegado de Protección de Datos según se indica en ella.

20. Información de Contacto

Dasbanq Inc. — consultas legales:

  • Sitio web: https://dasbanq.com
  • Correo electrónico: legal@dasbanq.com

GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L. — servicios regulados y consultas de cumplimiento:

  • Dirección: Manzana 40, Oficina 1405, Santa Cruz de la Sierra, Bolivia
  • Correo electrónico: compliance@dasbanq.com
  • Registro PSAV UIF Bolivia: PSAV registrado bajo el marco regulatorio AML/CFT de Bolivia

ANEXO N.º 1

AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS AL CLIENTE DE DASBANQ INC.

Disposiciones complementarias sobre fiscalidad, proveedores externos, transiciones del GAFI, arbitraje, protección de datos, seguros, auditoría y canal de denuncias

El presente Anexo N.º 1 (el Anexo) complementa e integra el Contrato de Prestación de Servicios al Cliente celebrado entre GAMOLITE Consultoría Empresarial y Financiera S.R.L. (GAMOLITE), Dasbanq Inc. (Dasbanq) y el Cliente (conjuntamente, las Partes). En caso de conflicto entre el Contrato de Prestación de Servicios al Cliente y el presente Anexo, prevalecerán las disposiciones de este Anexo respecto de las materias expresamente reguladas en el mismo. Los términos en mayúsculas utilizados y no definidos en el presente Anexo tendrán el significado que se les atribuye en el Contrato de Prestación de Servicios al Cliente.

CLÁUSULA 16. INFORMACIÓN FISCAL, FATCA E INTERCAMBIO TRANSFRONTERIZO DE INFORMACIÓN

16.1 Ausencia de Asesoramiento Fiscal.

Ni GAMOLITE ni Dasbanq prestan asesoramiento fiscal de ningún tipo. Nada de lo contenido en el presente Contrato, en los Servicios, en el Sitio Web, en los materiales de comercialización, en las preguntas frecuentes, en las comunicaciones con el Cliente ni en las manifestaciones efectuadas por el personal constituye asesoramiento fiscal, opinión sobre el tratamiento tributario de Transacción alguna ni recomendación sobre las obligaciones de cumplimiento fiscal del Cliente en jurisdicción alguna.

16.2 Cumplimiento Fiscal del Cliente.

El Cliente declara, garantiza y se obliga a que será el único responsable de determinar, calcular, declarar, retener y pagar todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas públicas aplicables al Cliente, a los Beneficiarios Finales y a todas las Transacciones realizadas a través de los Servicios, en cada jurisdicción en la que el Cliente, los Beneficiarios Finales o las Transacciones puedan estar sujetos a tales obligaciones.

16.3 Residencia Fiscal e Identificación.

El Cliente proporcionará a GAMOLITE, al momento del onboarding y ante cualquier modificación posterior, información precisa respecto de: (a) la jurisdicción de residencia fiscal del Cliente; (b) el número de identificación fiscal del Cliente en dicha jurisdicción; (c) la jurisdicción de residencia fiscal y los números de identificación fiscal de cada Beneficiario Final; y (d) cualquier documentación fiscal adicional razonablemente solicitada por GAMOLITE o por cualquier socio bancario, socio de rieles VASP o proveedor tecnológico involucrado en la prestación de los Servicios, incluyendo, sin limitación, el Formulario IRS W-8BEN-E, el Formulario IRS W-8BEN, el Formulario IRS W-9, autocertificaciones CRS o formularios equivalentes.

16.4 Reconocimiento de FATCA.

El Cliente reconoce y acepta que los socios bancarios que prestan servicios a GAMOLITE en los Estados Unidos están sujetos a la Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA) y a la normativa conexa del Tesoro y del IRS de los Estados Unidos. El Cliente reconoce, asimismo, que dichos socios bancarios pueden estar obligados a reportar al Servicio de Impuestos Internos (IRS) de los Estados Unidos la información relativa a las cuentas mantenidas en beneficio del Cliente, y que dicha información puede, a su vez, ser compartida con las autoridades fiscales de la jurisdicción de residencia fiscal del Cliente conforme a los acuerdos intergubernamentales aplicables.

16.5 Estándar Común de Reporte e Intercambio Automático de Información.

El Cliente reconoce que la información relativa al Cliente, a los Beneficiarios Finales y a las Transacciones puede estar sujeta a regímenes de intercambio automático de información, incluyendo el Estándar Común de Reporte de la OCDE (CRS) y los acuerdos bilaterales o multilaterales de intercambio de información fiscal entre Bolivia, los Estados Unidos y la jurisdicción de residencia fiscal del Cliente. El Cliente consiente dicho intercambio en la medida exigida por el Derecho Aplicable.

16.6 Ausencia de Declaración de Opacidad Fiscal.

El Cliente reconoce y acepta expresamente que:

  • (a) Los Servicios no proporcionan, ni se manifiesta ni garantiza que proporcionen, forma alguna de opacidad fiscal, confidencialidad fiscal frente a autoridades tributarias, ni resguardo respecto de las obligaciones de información fiscal en la jurisdicción de residencia fiscal del Cliente ni en cualquier otra jurisdicción;
  • (b) El Cliente no ha confiado en manifestación, declaración, material de comercialización, pregunta frecuente o comunicación alguna por parte de GAMOLITE, Dasbanq o su personal que sugiriera que las Transacciones o los saldos de las cuentas no serán visibles para, o reportables a, autoridad fiscal alguna;
  • (c) El uso de los Servicios no exime al Cliente de la obligación de declarar ingresos, ganancias, tenencias o Transacciones a la autoridad fiscal competente; y
  • (d) El Cliente ha obtenido, o ha tenido la oportunidad de obtener, asesoramiento fiscal independiente con carácter previo a la celebración del presente Contrato.

16.7 Indemnidad del Cliente por Manifestaciones Fiscales Incorrectas.

El Cliente mantendrá indemne y defenderá a GAMOLITE, a Dasbanq y a sus respectivos funcionarios, directores, empleados, agentes y sucesores frente a la totalidad de reclamaciones, pérdidas, daños, sanciones, multas, intereses, costas y gastos derivados de o relacionados con: (a) el incumplimiento por el Cliente de sus obligaciones fiscales aplicables; (b) cualquier información fiscal inexacta, incompleta o engañosa proporcionada a GAMOLITE; o (c) cualquier reclamación de terceros que alegue que GAMOLITE o Dasbanq facilitaron la evasión fiscal del Cliente.

CLÁUSULA 17. SOCIOS BANCARIOS Y TRASLADO DE TÉRMINOS DE PROVEEDORES EXTERNOS

17.1 Reconocimiento de los Términos de Proveedores Externos.

El Cliente reconoce que los Servicios son posibles, en parte, gracias a la participación de proveedores externos regulados, incluyendo, sin limitación, socios de rieles VASP y socios bancarios (conjuntamente, los Proveedores Externos). El Cliente reconoce, además, que cada Proveedor Externo es una entidad regulada de manera independiente, sujeta a su propio marco regulatorio, ley aplicable, términos y condiciones, contratos de cuenta, políticas de uso aceptable y requisitos operativos (conjuntamente, los Términos de Proveedores Externos).

17.2 Efecto Vinculante de los Términos de Proveedores Externos.

Al aceptar el presente Contrato y utilizar los Servicios, el Cliente reconoce que:

  • (a) Determinados aspectos de los Servicios, incluyendo, sin limitación, el mantenimiento de saldos fiat en cuentas for-benefit-of, la emisión y rescate de stablecoins, la ejecución de transferencias en blockchain y la transmisión de datos bajo la Travel Rule, son prestados por Proveedores Externos y no por GAMOLITE ni por Dasbanq;
  • (b) El uso por el Cliente de tales aspectos de los Servicios está sujeto a los Términos de Proveedores Externos aplicables, los cuales se incorporan por referencia al presente Contrato en la medida en que regulen dichos aspectos de los Servicios;
  • (c) GAMOLITE proporcionará al Cliente, previa solicitud por escrito, la lista vigente de Proveedores Externos y acceso razonable a los Términos de Proveedores Externos aplicables; y
  • (d) GAMOLITE no será responsable de ningún acto, omisión, decisión, falla, retraso, suspensión, congelamiento, cierre de cuenta, comisión o incumplimiento por parte de Proveedor Externo alguno, salvo en la medida en que se acredite negligencia propia de GAMOLITE en la selección o supervisión de dicho proveedor.

17.3 Cumplimiento de las Determinaciones de los Proveedores Externos.

El Cliente acepta que toda determinación de cumplimiento adoptada por un Proveedor Externo, incluyendo, sin limitación, bloqueos por sanciones, retenciones por fraude, congelamiento de Transacciones, suspensión de cuentas o terminación de cuentas, será vinculante para el Cliente como si hubiera sido adoptada por GAMOLITE, y no dará lugar a reclamación alguna por parte del Cliente contra GAMOLITE o Dasbanq.

17.4 Sustitución de Proveedores.

GAMOLITE podrá, a su discreción y sin necesidad de consentimiento previo del Cliente, incorporar, sustituir o eliminar Proveedores Externos, siempre que dichos cambios no reduzcan materialmente el alcance o la calidad de los Servicios. GAMOLITE proporcionará al Cliente un aviso razonable de cualquier cambio material en el conjunto de Proveedores Externos que le afecte.

CLÁUSULA 18. TRANSICIONES EN LAS LISTAS DEL GAFI Y RIESGO JURISDICCIONAL AGRAVADO

18.1 Reconocimiento de la Lista Gris del GAFI.

El Cliente reconoce que GAMOLITE opera desde una jurisdicción (Bolivia) que ha sido incluida en la Lista de Jurisdicciones bajo Monitoreo Intensificado del GAFI (Lista Gris), condición reconfirmada por el GAFI con posterioridad a la fecha del presente Contrato. El Cliente reconoce, además, que dicha situación conlleva: (a) la aplicación de medidas reforzadas de debida diligencia por parte de los socios bancarios y de rieles de GAMOLITE respecto de GAMOLITE y, por extensión, respecto de sus clientes; (b) posibles demoras en el onboarding, en el procesamiento de Transacciones y en la operativa de cuentas; y (c) la posibilidad de restricciones reputacionales, operativas o regulatorias adicionales impuestas por contrapartes.

18.2 Evento Detonante de Lista Negra.

En el supuesto de que el GAFI traslade a Bolivia de la Lista Gris a la Lista de Jurisdicciones de Alto Riesgo Sujetas a un Llamado a la Acción (Lista Negra), o de que cualquier socio bancario, socio de rieles VASP o autoridad regulatoria competente emita una directriz vinculante que impida a GAMOLITE continuar prestando lícitamente la totalidad o sustancialmente la totalidad de los Servicios (cada uno, un Evento Detonante de Lista Negra), aplicarán los siguientes procedimientos:

  • (a) GAMOLITE notificará sin demora al Cliente sobre el Evento Detonante de Lista Negra y sobre su impacto operativo esperado, en la medida en que la divulgación esté permitida por el Derecho Aplicable;
  • (b) Podrá suspenderse el procesamiento de nuevas Transacciones a la espera de la revisión y de las instrucciones de las autoridades competentes;
  • (c) Los saldos existentes, las Transacciones pendientes y los fondos en suspensión por motivos de cumplimiento serán tratados conforme al Derecho Aplicable y a las instrucciones de las autoridades competentes, lo que podrá incluir el congelamiento, la devolución a la cuenta de origen o la transferencia a una cuenta designada por el regulador;
  • (d) GAMOLITE empleará esfuerzos comercialmente razonables para facilitar la devolución o transferencia ordenada de los fondos del Cliente, en la medida en que ello sea permitido por el Derecho Aplicable y por las directrices de las autoridades competentes;
  • (e) Ni GAMOLITE ni Dasbanq serán responsables por pérdida, daño o interrupción del negocio sufridos por el Cliente como consecuencia de un Evento Detonante de Lista Negra ni por las acciones adoptadas en cumplimiento del mismo; y
  • (f) Cualquiera de las Partes podrá resolver el presente Contrato por causa fundada ante un Evento Detonante de Lista Negra, mediante aviso por escrito, con sujeción a las disposiciones de la Cláusula 13 y de la presente Cláusula 18.

18.3 Información Permanente.

GAMOLITE empleará esfuerzos razonables para mantener informado al Cliente sobre los desarrollos materiales en el estatus de Bolivia ante el GAFI que puedan afectar los Servicios, incluyendo los resultados de las sucesivas plenarias del GAFI.

CLÁUSULA 19. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS POR ARBITRAJE

19.1 Reemplazo de la Cláusula 14.2.

Las disposiciones de la presente Cláusula 19 sustituyen y reemplazan íntegramente la Cláusula 14.2 del Contrato de Prestación de Servicios al Cliente. Las demás disposiciones de la Cláusula 14 permanecen en plena vigencia.

19.2 Negociación Previa Obligatoria.

Las Partes intentarán primero, de buena fe, resolver cualquier disputa, controversia o reclamación derivada de o relacionada con el presente Contrato, incluyendo cualquier cuestión relativa a su existencia, validez, incumplimiento o terminación (una Disputa), mediante notificación por escrito y negociación directa entre representantes autorizados dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de dicha notificación.

19.3 Arbitraje Vinculante.

De no resolverse la Disputa mediante negociación, esta será sometida y resuelta definitivamente mediante arbitraje vinculante administrado por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) conforme al Reglamento de Arbitraje de la ICC vigente al momento de la solicitud, por un (1) árbitro designado conforme a dicho Reglamento, salvo lo modificado en el presente.

19.4 Sede, Idioma y Procedimiento.

La sede del arbitraje será Miami, Florida, Estados Unidos. El idioma del arbitraje será el inglés. El árbitro estará facultado para otorgar cualquier remedio disponible bajo la ley aplicable conforme a la Cláusula 14.1, incluyendo daños monetarios, sentencia declarativa y cumplimiento específico, pero no podrá otorgar daños punitivos ni daños excluidos conforme a la Cláusula 12.

19.5 Renuncia a Acciones Colectivas y a Juicio por Jurado.

En la máxima medida permitida por el Derecho Aplicable, las Partes renuncian expresamente a todo derecho a: (a) participar en cualquier acción de clase, colectiva o representativa contra la otra Parte; (b) consolidar reclamaciones con las de cualquier otra persona o entidad; y (c) un juicio por jurado. Las Disputas se resolverán exclusivamente sobre una base individual.

19.6 Confidencialidad del Arbitraje.

La existencia, contenido y resultado de cualquier procedimiento arbitral conforme a la presente Cláusula serán tratados como Información Confidencial conforme a la Cláusula 10, salvo en la medida en que la divulgación sea requerida por el Derecho Aplicable o resulte necesaria para ejecutar o impugnar un laudo arbitral.

19.7 Excepciones Regulatorias y Cautelares.

No obstante lo anterior, cualquiera de las Partes podrá solicitar: (a) medidas cautelares o injuctivas ante cualquier tribunal de jurisdicción competente para preservar el statu quo, proteger Información Confidencial o evitar un daño irreparable; y (b) la ejecución de cualquier laudo arbitral ante cualquier tribunal de jurisdicción competente. Nada en la presente Cláusula limita el derecho ni la obligación de GAMOLITE de cumplir con los requerimientos regulatorios establecidos en la Cláusula 14.3.

19.8 Plazo de Caducidad.

Toda reclamación derivada de o relacionada con el presente Contrato deberá iniciarse dentro del plazo de un (1) año contado desde el momento en que se origine la causa de acción, vencido el cual la reclamación quedará definitivamente prescrita.

CLÁUSULA 20. CAMBIOS EN SOCIOS DE RIELES VASP Y EN SOCIOS BANCARIOS

20.1 Derecho a Modificar el Conjunto de Proveedores.

El Cliente reconoce que los Servicios dependen de un conjunto de socios de rieles VASP y socios bancarios que puede variar a lo largo del tiempo como consecuencia de decisiones comerciales, desarrollos regulatorios, disponibilidad de socios o consideraciones de riesgo. GAMOLITE se reserva el derecho de modificar, incorporar o eliminar proveedores de dicho conjunto a su discreción.

20.2 Aviso de Cambios Materiales.

Cuando un cambio en un socio de rieles VASP o en un socio bancario pueda razonablemente tener un efecto material adverso sobre el Cliente (incluyendo, sin limitación, la pérdida de un corredor, divisa o riel de liquidación específico utilizado por el Cliente), GAMOLITE proporcionará al Cliente un aviso por escrito con una antelación no inferior a quince (15) Días Hábiles respecto de la fecha efectiva del cambio, salvo que: (a) el cambio venga impuesto por el Derecho Aplicable o por una directriz de autoridad competente y requiera vigencia inmediata; o (b) el proveedor anterior haya cesado operaciones sin previo aviso a GAMOLITE.

20.3 Derecho del Cliente a Resolver.

Si un cambio material en el conjunto de proveedores resulta en una reducción sustancial de los Servicios disponibles para el Cliente, este podrá resolver el presente Contrato mediante aviso por escrito con treinta (30) días corridos de antelación y sin penalidad alguna, siempre que el Cliente haya cumplido con todas las obligaciones pendientes y que todas las Transacciones en curso hayan sido completadas o devueltas.

20.4 Ausencia de Garantía de Continuidad.

GAMOLITE no otorga garantía ni manifestación alguna respecto de la disponibilidad continuada de socio de rieles VASP o de socio bancario específico alguno. El Cliente reconoce que la pérdida de un proveedor específico no constituye incumplimiento del presente Contrato.

CLÁUSULA 21. DECLARACIÓN DE RIESGOS DE CONCENTRACIÓN Y DEPENDENCIA

21.1 Reconocimiento del Riesgo de Concentración.

El Cliente reconoce que los Servicios se apoyan en un número limitado de socios de rieles VASP y socios bancarios. La pérdida temporal o permanente de acceso a un único proveedor puede afectar materialmente la capacidad del Cliente de realizar Transacciones a través de los Servicios hasta que se contrate un proveedor alternativo.

21.2 Reconocimiento de la Concentración Jurisdiccional.

El Cliente reconoce que GAMOLITE opera principalmente desde Bolivia, y que cualquier cambio en las condiciones regulatorias o políticas bolivianas, o cualquier cambio en la disposición de los socios bancarios y VASP internacionales para mantener corredores con entidades bolivianas, puede afectar los Servicios.

21.3 Ausencia de Garantía de Resiliencia.

GAMOLITE no garantiza la resiliencia de su conjunto de proveedores frente a la pérdida simultánea de múltiples proveedores, eventos de de-risking bancario o disrupciones sistémicas que afecten a los corredores transfronterizos de activos virtuales. El Cliente es responsable de evaluar la idoneidad de los Servicios a la luz de tales riesgos y de mantener las disposiciones alternativas apropiadas conforme a sus propias necesidades de continuidad de negocio.

CLÁUSULA 22. RIESGO DEL EMISOR DE STABLECOINS

22.1 Perfiles de Riesgo Diferenciados.

El Cliente reconoce que USDC (emitida por Circle Internet Financial, LLC y sus afiliadas) y USDT (emitida por Tether Limited y sus afiliadas) son stablecoins con perfiles de riesgo materialmente distintos, incluyendo, sin limitación, diferencias en la composición de las reservas, en la transparencia de las mismas, en la frecuencia de atestaciones, en el estatus regulatorio del emisor, en los mecanismos de rescate y en la exposición jurisdiccional.

22.2 Ausencia de Aval.

El soporte por parte de GAMOLITE a USDC, USDT o cualquier otra stablecoin no constituye aval, recomendación o garantía alguna por parte de GAMOLITE o Dasbanq respecto del emisor, de las reservas, de la estabilidad de la paridad, de la convertibilidad ni del tratamiento legal de dicha stablecoin en jurisdicción alguna.

22.3 Eventos del Emisor.

El Cliente reconoce que un emisor de stablecoin puede, a su sola discreción o en cumplimiento de una obligación legal, congelar, incluir en lista negra o quemar (burn) stablecoins asociadas a direcciones de billetera específicas, incluyendo billeteras asociadas al Cliente o a contrapartes en las Transacciones del Cliente. GAMOLITE no tendrá responsabilidad alguna por las pérdidas derivadas de acciones adoptadas por un emisor de stablecoin.

22.4 Insolvencia o Quiebra del Emisor.

En caso de insolvencia, quiebra, liquidación regulatoria o despegue material de un emisor de stablecoin, GAMOLITE podrá suspender el soporte de la stablecoin afectada sin previo aviso. El recurso del Cliente por cualquier pérdida derivada de tales eventos se ejercerá contra el emisor de la stablecoin, y no contra GAMOLITE o Dasbanq.

CLÁUSULA 23. PROTECCIÓN DE DATOS TRANSFRONTERIZA

23.1 Flujos de Datos.

El Cliente reconoce que la prestación de los Servicios necesariamente implica la transferencia, almacenamiento y tratamiento de datos personales e información comercial en múltiples jurisdicciones, incluyendo, sin limitación, Bolivia, los Estados Unidos y la jurisdicción de constitución del Cliente y de los Beneficiarios Finales.

23.2 Mecanismos de Adecuación.

Cuando los datos personales de titulares ubicados en jurisdicciones con restricciones a las transferencias transfronterizas (incluyendo, sin limitación, el Espacio Económico Europeo, el Reino Unido, Brasil, Argentina y otras jurisdicciones que implementen marcos equivalentes al GDPR) sean transferidos a, o accedidos desde, Bolivia, los Estados Unidos u otro tercer país, las Partes se apoyarán en los mecanismos de transferencia apropiados reconocidos por la autoridad de protección de datos aplicable, que podrán incluir decisiones de adecuación, cláusulas contractuales tipo, normas corporativas vinculantes o salvaguardas equivalentes.

23.3 Notificaciones a los Titulares de Datos.

Cuando el Cliente proporcione a GAMOLITE datos personales de Beneficiarios Finales, empleados o representantes autorizados, el Cliente declara y garantiza que ha realizado todas las notificaciones requeridas y obtenido todas las autorizaciones requeridas de dichos titulares, y que la divulgación de tales datos personales a GAMOLITE y a sus Proveedores Externos cumple con la totalidad de las normas de protección de datos aplicables.

23.4 Coordinación de Derechos de los Titulares de Datos.

Cuando un Beneficiario Final u otra persona física cuyos datos personales sean tratados en relación con los Servicios ejerza un derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad u oposición conforme al derecho de protección de datos aplicable, las Partes cooperarán de buena fe para responder dentro de los plazos prescritos por el Derecho Aplicable, sujeto en todo caso a las obligaciones primordiales de GAMOLITE de conservación de registros conforme a la Cláusula 8 y al Derecho Aplicable.

23.5 Delegado de Protección de Datos.

GAMOLITE designará y publicará los datos de contacto de un Delegado de Protección de Datos o función equivalente, a efectos de consultas de titulares de datos y de comunicaciones con autoridades regulatorias.

CLÁUSULA 24. SEGUROS

24.1 Cobertura de Seguros de GAMOLITE.

GAMOLITE declara que mantiene, a la Fecha de Vigencia, las siguientes coberturas de seguros con aseguradoras de reconocida solvencia, en alcance y montos usuales para entidades que prestan servicios comparables a los Servicios: (a) seguro de responsabilidad civil general; (b) seguro de responsabilidad civil cibernética y por brechas de privacidad; (c) seguro de responsabilidad profesional (errores y omisiones); y (d) seguro de fidelidad y crimen que cubra la deshonestidad de empleados. GAMOLITE empleará esfuerzos razonables para mantener tales coberturas durante la vigencia del presente Contrato.

24.2 Divulgación de Límites.

Previa solicitud razonable por escrito, GAMOLITE proporcionará al Cliente un resumen de los límites de póliza aplicables y confirmación de la cobertura vigente. GAMOLITE no estará obligada a entregar copia de las pólizas subyacentes.

24.3 Ausencia de Beneficiario por Terceros.

El Cliente reconoce que la cobertura de seguros de GAMOLITE no constituye garantía de recuperación alguna y que el Cliente no es beneficiario por terceros (third-party beneficiary) de póliza alguna de GAMOLITE. El Cliente es responsable de mantener su propia cobertura de seguros adecuada a sus actividades comerciales.

24.4 Seguros del Cliente.

El Cliente mantendrá coberturas de seguro apropiadas a la naturaleza de su negocio y al volumen de Transacciones realizadas a través de los Servicios, incluyendo, sin limitación, responsabilidad civil general, responsabilidad cibernética y coberturas vinculadas al comercio aplicables a su sector.

CLÁUSULA 25. AUDITORÍA DEL CLIENTE Y ENTREGA DE INFORMES DE ASEGURAMIENTO

25.1 Ausencia de Derecho General de Auditoría.

El Cliente no tendrá derecho general a auditar los libros, registros, sistemas, instalaciones o personal de GAMOLITE.

25.2 Entrega de Informes de Aseguramiento.

Previa solicitud razonable por escrito, y no más de una vez en cualquier período de doce meses, GAMOLITE proporcionará al Cliente copia o resumen de los siguientes informes (en la medida en que tales informes existan y con sujeción a las protecciones de confidencialidad correspondientes):

  • (a) El informe más reciente de auditoría AML/CFT independiente o resumen ejecutivo, con las redacciones que resulten necesarias para proteger información confidencial de GAMOLITE, de terceros o de comunicaciones regulatorias;
  • (b) El informe SOC 2 Tipo II más reciente, el certificado ISO 27001 o documentación equivalente de aseguramiento de seguridad de la información, en la medida en que tales informes hayan sido obtenidos por GAMOLITE; y
  • (c) Confirmación del estatus de registro de GAMOLITE como PSAV ante la UIF Bolivia y de cualquier otra autorización regulatoria que GAMOLITE mantenga y que resulte relevante para los Servicios.

25.3 Confidencialidad de los Informes de Aseguramiento.

Cualquier informe de aseguramiento o resumen entregado conforme a la presente Cláusula será tratado por el Cliente como Información Confidencial conforme a la Cláusula 10. El Cliente no podrá compartir tal informe con terceros, salvo con sus asesores profesionales sujetos a obligaciones de confidencialidad equivalentes.

25.4 Ausencia de Derecho a Inspección In Situ.

El Cliente no tendrá derecho a realizar inspecciones in situ en las instalaciones, sistemas o personal de GAMOLITE, salvo cuando ello sea exigido por una autoridad regulatoria competente y autorizado por escrito por GAMOLITE.

CLÁUSULA 26. CANAL DE DENUNCIAS Y REPORTE DE PREOCUPACIONES DE CUMPLIMIENTO

26.1 Canal de Reporte.

GAMOLITE mantiene un canal confidencial para la recepción de preocupaciones de cumplimiento por parte de clientes, empleados, contratistas, contrapartes y terceros. Las preocupaciones podrán reportarse por escrito a compliance@dasbanq.com o por los demás medios que GAMOLITE publique oportunamente.

26.2 Alcance del Canal.

El canal de reporte podrá utilizarse para denunciar preocupaciones relativas a violaciones AML/CFT, violaciones de sanciones, fraude, criminalidad financiera, soborno, conflictos de interés o cualquier otra cuestión vinculada a la integridad de los Servicios o a la conducta del personal de GAMOLITE o de Dasbanq.

26.3 No Represalia.

GAMOLITE no tomará represalias, ni permitirá que Dasbanq las tome, contra ningún Cliente o persona que reporte una preocupación de buena fe a través del canal establecido conforme a la presente Cláusula. Constituyen represalias prohibidas, sin limitación, la suspensión de la cuenta, la terminación del contrato, el aumento de comisiones o cualquier otra acción adversa adoptada en respuesta a un reporte de buena fe.

26.4 Confidencialidad de los Reportes.

Los reportes presentados a través del canal serán tratados como Información Confidencial y serán accesibles únicamente al Chief Compliance Officer y al personal de cumplimiento autorizado, con sujeción a la obligación de GAMOLITE de divulgar información a autoridades competentes conforme al Derecho Aplicable.

26.5 Derechos de Reporte Independiente.

Nada en la presente Cláusula limita el derecho de cualquier persona a reportar preocupaciones directamente a la UIF Bolivia, FinCEN, OFAC, ASFI o cualquier otra autoridad regulatoria o de aplicación del derecho competente. Las Partes reconocen que dicho reporte está protegido bajo las normas aplicables de protección del denunciante (whistleblower), incluyendo, sin limitación, la AML Whistleblower Improvement Act de 2022 de los Estados Unidos.

CLÁUSULA 27. SUPERVIVENCIA DE OBLIGACIONES

27.1 Disposiciones que Sobreviven.

La expiración o terminación del presente Contrato, por cualquier causa, no afectará aquellas disposiciones que, por su naturaleza, estén destinadas a sobrevivir a dicha expiración o terminación. Sin limitar el carácter general de lo anterior, sobrevivirán las siguientes disposiciones: (a) la Cláusula 5 (Divulgación de Beneficiarios Finales) respecto de las obligaciones relativas a Transacciones realizadas con anterioridad a la terminación; (b) la Cláusula 6 (Obligaciones AML/CFT) respecto de las obligaciones de conservación de registros, reporte y cooperación; (c) la Cláusula 7 (Comisiones y Pagos) respecto de las comisiones devengadas con anterioridad a la terminación; (d) la Cláusula 8 (Registros y Conservación) durante todo el período de conservación; (e) la Cláusula 10 (Confidencialidad); (f) la Cláusula 11 (Manifestaciones, Garantías e Indemnidad); (g) la Cláusula 12 (Limitación de Responsabilidad); (h) la Cláusula 14 (Ley Aplicable y Resolución de Controversias) según modificada por la Cláusula 19 del presente Anexo; (i) las Cláusulas 16 a 27 del presente Anexo en la medida en que resulten aplicables por su naturaleza; y (j) cualquier otra disposición cuya supervivencia sea necesaria para dar efecto a la intención de las Partes.

27.2 Ausencia de Reactivación.

La supervivencia conforme a la presente Cláusula no reactivará ni prorrogará obligación alguna que haya sido íntegramente cumplida o que haya expirado con anterioridad a la terminación.

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